Editorial | |
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ISBN | 9789583514166 |
Año de publicación | 2020 |
Edición de Libro | 1ª |
Páginas | 164 |
Idioma | |
Formato | Ebook |
Derecho crítico: perspectiva tributaria
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La constitucionalización del arbitraje en nuestros sistemas jurídicos; el ejercicio de mecanismos de amparo constitucional contra laudos arbitrales a la luz del derecho comparado; del recurso de anulación contra los laudos internacionales como remedio a la vulneración de derechos Iusfundamentales; casos concretos de acciones de tutela contra laudos internacionales en Colombia.
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El Derecho procesal constitucional es una concretización de la Ley Fundamental en dos sentidos: en que él mismo es un Derecho constitucional concretizado y en que le sirve al Tribunal Constitucional para concretizar la Ley Fundamental. La gran “capacidad de concretización” del Tribunal Constitucional, demanda ahora una fundamentación del Derecho procesal constitucional de carácter teórico-constitucional.
En la medida en que el Tribunal Constitucional continúa elaborando y ampliando su jurisprudencia con respecto al Derecho procesal constitucional, se llegará a una “interpretación de la Constitución conforme a la jurisprudencia”.
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La elocuencia forense perderá todo aquello que tiene ahora de teatral y venal. La profesión del defensor no será en lo sucesivo un oficio de interés privado, pagado una y otra vez por el inculpado, para convertirse en una función social como lo es hoy la acusación; y la defensa no podrá ayudarse ya en lo sucesivo de aquellas armas retóricas que en la actualidad constituyen su prestigio fatal, sino que deberá buscar otras armas más dignas y más nobles, en el arsenal de la ciencia. La elocuencia forense, en suma, se convertirá en un estudio de psiquiatría o de psicología, únicas bases seguras para poder juzgar con aquella relativa justicia que debe conciliar el derecho del individuo con el de la sociedad.
Yo bien sé, mi querido Materi, que este sueño es un ideal muy lejano; pero me ha placido afirmarlo aquí, al frente de tu libro, donde lo expresaste clara y noblemente, a fin de que el público que lea tu trabajo conozca el objetivo de sus principios y entienda su alcance y su fin.
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El peligro que la libertad corre a manos del Poder legislativo en los regímenes de democracia a base de partidos políticos, es un peligro especial; un peligro que supera, con mucho, al que en las comunidades políticas le puede venir a la libertad de otros órganos rectores. Esta enorme sensibilidad de la libertad respecto de las intervenciones del legislador responde a causas peculiares, las cuales —por más que entre sí puedan diferir— dan lugar, al concurrir en la situación actual, a que la libertad parezca en trance de singular peligro.
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«Las leyes penales y las concepciones jurídicas no permanecen estáticas en el curso de los tiempos. «La valoración jurídica que acuña una conducta humana convirtiéndola en delito, depende de las convicciones morales, las costumbres tradicionales y las necesidades prácticas del pueblo. Esto se encuentra a su vez condicionado por el tiempo, el lugar y el carácter del pueblo». Por lo tanto, el contenido del concepto del delito cambia.
Por ello es necesario, en la descripción y explicación de los delitos, limitarse a los hechos que en el ámbito de nuestra civilización actual se consideran como tales.
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«La exposición que sigue pretende someter los presupuestos criminológicos de la Política criminal del presente a una investigación conjunta y trazar un corte transversal por el actual estado de nuestra ciencia. Quiere erigir sobre esta base empírica el edificio de una lucha eficaz contra el delito. Para lograr este fin está precisamente a hacer Criminología, y especialmente Psicología criminal. Lo que significa que debe investigar el origen anímico del delito. Con tal afirmación aparece ligada una serie de difíciles problemas de índole previa.
Ha de tenerse en cuenta que la psicología criminal es una parte de la Biología criminal. Verdad es que, con arreglo a su propio concepto, la psicología criminal se dirige a la investigación de procesos anímicos en el delincuente. Pero la investigación contemporánea de la vida anímica del ser humano nos enseña que esta última está en constante dependencia de los procesos corporales. Aparece en todas partes ligada a procesos somáticos, especialmente a los del sistema nervioso central, aunque en modo alguno solo a ellos.
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