Este trabajo es, como su título lo indica, un estudio científico. No tengo la pretensión de hacer un libro de práctica y de experiencia. Mi objeto es más modesto; deseo sencillamente llamar la atención del legislador sobre grandes problemas que, en otros tiempos, ocuparon el primer término, y que hoy son relegados desgraciadamente.
La ciencia penal y los gobiernos, en su buen deseo de corregir a los culpables, acumulan las penas y prodigan los sacrificios pecuniarios, sin que por eso disminuya la cantidad de delitos ni de reincidencias. Los resultados son poco alentadores, pero es porque vivimos en plena ficción. En vez de investigar los rincones del mundo real, la justicia se aísla en las cumbres de la abstracción. Desconoce la trágica grandeza de la humanidad, que se agita en torno de ella, y semejante a la Themis de la vieja Mitología, conserva una venda en los ojos. Se desvía de la vida, y la vida se aleja de ella. Se convierte insensiblemente en un montón de formalismos, que rozan la superficie de las cosas sin penetrar en su ciencia.
Interpretación y Juez
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Fernando Fueyo Laneri fue un notable jurista de dimensión latinoamericana. Su presencia y su obra de civilista de excepción se extiende por toda la segunda mitad del siglo XX. Sus ecos, la vitalidad innovadora de sus propuestas, se perciben en nuestros días. Su aporte a la ciencia jurídica es valioso e indiscutible. Allí están, para acreditarlo, sus numerosos y documentados trabajos, cristalizados tanto en sus libros como en ensayos y artículos de revista.
Entre sus varios libros recuerdo, por el impacto que me produjo, el titulado Interpretación y Juez. De su lectura se advierte el rigor y la profundidad de su pensamiento, la finura en el tratamiento de la materia, su exhaustiva bibliografía, entre otras notas que se hallan presentes en dicha obra. Todos sus libros denotan su calidad de extraordinario jurista, su notoria seriedad científica y los amplios conocimientos de la materia que abordaba en cada ocasión.
Fueyo estaba dotado de un agudo sentido crítico. Esta capacidad de penetración en las interioridades y meandros de la disciplina civilística le facilitaba el cuestionar algunos dogmas jurídicos con la intención de perfeccionarlos, complementarlos o sustituirlos. Por ello, se hallaba en constante búsqueda de nuevas soluciones ahí donde le parecía que las respuestas que ofrecía la dogmática jurídica no eran adecuadas o simplemente resultaban insuficientes o confusas. En esta insosegable inquietud, propia de todo investigador, avizoraba nuevos horizontes, avanzaba seguro en ciertas áreas planteando inéditas propuestas, algunas de ellas con visos de heterodoxia.