El derecho romano esconde una vida superior a los mil trescientos años, contados desde el siglo VII a.C. hasta el siglo VI d.C con la compilación de Justiniano. Durante gran parte de ese tiempo tiene lugar una intensísima actividad forense generadora de una experiencia jurídica colosal, susceptible de sintetizarse, en algunas ocasiones, en reglas o principios jurídicos básicos.
Esto es posible porque el derecho romano en general, y sus reglas jurídicas en particular, sobreviven a la propia historia de Roma y prolongan su utilidad en gran parte de Europa hasta el día de hoy gracias sobre todo al ius commune.
Nueve ensayos constitucionales y una lección jubilar
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El Derecho procesal constitucional es una concretización de la Ley Fundamental en dos sentidos: en que él mismo es un Derecho constitucional concretizado y en que le sirve al Tribunal Constitucional para concretizar la Ley Fundamental. La gran “capacidad de concretización” del Tribunal Constitucional, demanda ahora una fundamentación del Derecho procesal constitucional de carácter teórico-constitucional.
En la medida en que el Tribunal Constitucional continúa elaborando y ampliando su jurisprudencia con respecto al Derecho procesal constitucional, se llegará a una “interpretación de la Constitución conforme a la jurisprudencia”.