«Para aclarar por qué se enseña la disciplina general del contrato, serán útiles algunas consideraciones.
Existen principios comunes a todos y cada uno de los contratos, en cuanto cada figura de contrato en concreto, aun teniendo un contenido peculiar, participa de una común naturaleza y estructura, a las que corresponden siempre las mismas normas. Y éste es el aspecto por el cual todo contrato resulta de elementos formales constantes (paradigma abstracto y general), si bien puede ser distinta —en cada caso— la sustancia de cada una de las figuras singulares.
Defensas penales
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Amor y muerte; estudiante acusado de resistencia a autoridad; labriegos mantuanos acusados de incitación a guerra civil; canónigo acusado de parricidio; acceso de fiebre revolucionaria; atentado contra el rey; siniestro ferroviario; competencia en derecho transitorio; censura pública y depuración social.
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