El título de este trabajo puede parecer pretencioso; sin embargo, mi intención ha sido muy modesta, puesto que he querido solamente resumir en capítulos sumarios un curso de lecciones dictadas este año en la Universidad de Pisa, a los estudiantes de la Facultad de Jurisprudencia. El curso estaba consagrado a las cuestiones fundamentales de la Filosofía del Derecho, es decir, a aquellas cuestiones que comúnmente pasan por alto los especialistas de esta disciplina, demasiado inclinados a enredarse en el empirismo de la Enciclopedia Jurídica, y por la cual, merced a ellos, no se advierte cómo aquella Filosofía puede ser considerada de otra manera.
La Filosofía del Derecho justificará su existencia mientras sea Filosofía, a la cual no se llega partiendo del Derecho, como tampoco se llega partiendo de ningún otro concepto empírico, puesto que todos los conceptos, cuando están rigurosamente determinados, son ya filosofía, y no pueden, por consiguiente, germinar en otro lugar que no sea su terreno.
Fundamento del derecho y de la moral
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¿Qué es el Derecho? ¿Cuáles son su origen y sus fundamentos? ¿Posee una base real, o bien no es «más que un vano fantasma del espíritu? Estas cuestiones primordiales, a las cuales están subordinadas la existencia y la validez del sistema jurídico entero, no han recibido respuesta definitiva. La misma palabra Derecho, cuyos sentidos son múltiples, reclama una precisión, por lo menos nominal. No se trata aquí ni de la enseñanza ni de la ciencia del Derecho. Nos ocuparemos de la regla del derecho y sobre todo de la facultad de hacer o no hacer o de obtener, respecto de las cuales se presentan cuestiones idénticas. El objeto principal de nuestras investigaciones será el sentimiento y la idea del derecho, que asimilamos sin confundirlos.