¿Cuándo es una conducta humana ilegal, contraria al Derecho? Esta es la cuestión que nos queremos plantear. Que la ciencia penal no tiene contestación satisfactoria es sorprendente, pero cierto. Nos da una fórmula conceptual y además doble. Ilegalidad es lesión del derecho: en primer lugar, lesión del derecho objetivo, del precepto jurídico lesión de la ley; en segundo lugar, lesión del derecho subjetivo, del interés lesión del bien jurídico. Y esta explicación es ciertamente en sí misma fundada. El derecho penal es protección de intereses, las leyes penales son normas de protección de intereses humanos vitales: este hecho fundamental difícilmente podría ser objetado por nadie en serio. Si una acción lesiona un bien protegido por el Derecho, sólo puede conseguirlo mediante la infracción de la norma protectora y viceversa: semejante conducta solo puede infringir dicha norma protectora lesionando el interés por ella protegido.
Justiticación del derecho
$40,31Formato Electrónico
(Conoce AQUÍ como utilizar tus eBooks)
El eje en torno del cual gira este libro es una teoría acerca de la justicia. La justicia no es solamente una de las preocupaciones y de los intereses de quien desea justificar la ley, sino que constituye su interés y preocupación más importante. Expuesta de manera muy sencilla, mi teoría de la justicia es la siguiente: cuanto más satisfaga la ley las genuinas e importantes aspiraciones de la sociedad, más justo será el sistema legal.
Gran parte de la ley, por supuesto, no es ni justa ni injusta. Las instituciones gubernamentales se forman históricamente, y a veces tienen que elegir entre alternativas de las cuales ninguna responde a las verdaderas aspiraciones públicas. Otras, los legisladores tosían la iniciativa e imponen una norma cuando el pueblo no ha percibido aún su necesidad. Cuando el pueblo tiene aspiraciones que están de acuerdo o en desacuerdo con la ley vigente, ésta es, respectivamente, justa o injusta.