Reconsiderar a Spencer. Pensarlo, en pleno siglo XXI. Al sociólogo, al psicólogo, al filósofo, al antropólogo avant la lettre, al biólogo, al teórico evolucionista. Es un ejercicio útil desde el punto de vista de la historia de las ideas. Permite evaluarlo en su justo mérito, más allá de las caricaturas de sus enemigos, aunque también lejos de la apropiación doblemente interesada de sus nuevos amigos.
Nueve ensayos constitucionales y una lección jubilar
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El Derecho procesal constitucional es una concretización de la Ley Fundamental en dos sentidos: en que él mismo es un Derecho constitucional concretizado y en que le sirve al Tribunal Constitucional para concretizar la Ley Fundamental. La gran “capacidad de concretización” del Tribunal Constitucional, demanda ahora una fundamentación del Derecho procesal constitucional de carácter teórico-constitucional.
En la medida en que el Tribunal Constitucional continúa elaborando y ampliando su jurisprudencia con respecto al Derecho procesal constitucional, se llegará a una “interpretación de la Constitución conforme a la jurisprudencia”.