La verdad es que la Ciencia del Derecho en general, todavía está en la etapa rudimentaria del realismo ingenuo como una consecuencia del retraso con que ha llegado a la posesión del instrumento lógico del pensar jurídico (lógica del deber ser); y, como es natural, aquella posición filosófica se hace tanto más patente cuanto más una teoría remonta el vuelo en alas de la generalización científica. Así, una teoría jurídica, cuanto más importante hubiere de ser, tanto más tarada de realismo ingenuo resulta comúnmente en las redes de la lógica del ser que se le impone por la fuerza de la tradición.
Fundamentacion egológica de la teoría del derecho
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Si la teoría egológica ha sido, hasta ahora, la única con fundamento ontológico —puesto que el normativismo jamás dio pruebas de su afirmación de que el Derecho es norma ni se mostró tampoco capaz de poner en evidencia cuál era la naturaleza de la norma, confundiéndola con el imperativo— sus efectos se harán sentir en una rigurosa teoría general que, a cada paso, habrá de remitirse a esa ontología reveladora del Derecho como interferencia intersubjetiva de conductas.