El derecho de sucesiones está siendo objeto de reformas que, por un lado, intentan reforzar la libertad de testar del causante, y, por otro lado, toman en consideración la realidad de una sociedad progresivamente envejecida y con una pluralidad de realidades familiares. En este libro se estudia la libertad de testar, es decir, la libertad para organizar la sucesión por causa de muerte, y la libertad para testar, la libertad para expresar y conservar la voluntad testamentaria. Así, se sistematizan los límites a la libertad de testar, se analiza cuáles son los intereses que se protegen con la legítima, se discuten las condiciones que el causante puede imponer a sus sucesores, se estudia la protección del testador vulnerable y se lanzan propuestas para incluir a las familias reconstituidas en los derechos sucesorios legales.
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¿Cuándo es una conducta humana ilegal, contraria al Derecho? Esta es la cuestión que nos queremos plantear. Que la ciencia penal no tiene contestación satisfactoria es sorprendente, pero cierto. Nos da una fórmula conceptual y además doble. Ilegalidad es lesión del derecho: en primer lugar, lesión del derecho objetivo, del precepto jurídico lesión de la ley; en segundo lugar, lesión del derecho subjetivo, del interés lesión del bien jurídico. Y esta explicación es ciertamente en sí misma fundada. El derecho penal es protección de intereses, las leyes penales son normas de protección de intereses humanos vitales: este hecho fundamental difícilmente podría ser objetado por nadie en serio. Si una acción lesiona un bien protegido por el Derecho, sólo puede conseguirlo mediante la infracción de la norma protectora y viceversa: semejante conducta solo puede infringir dicha norma protectora lesionando el interés por ella protegido.