La certeza y la seguridad aparecen como necesidades fundamentales en los ordenamientos jurídicos modernos, no solo en cuanto a la formulación de los preceptos generales y abstractos que constituyen el derecho en sentido objetivo, sino también en cuanto a las concretas relaciones y situaciones subjetivas, consideradas en su doble aspecto de hecho y de derecho. Para satisfacerlas se busca en el sistema de la legalidad un delicado y sabio equilibrio entre la actividad normativa y sancionadora del Estado en los ámbitos legislativo y jurisdiccional y la actividad de los sujetos de derecho. Este equilibrio garantiza la mejor (o la menos imperfecta) solución del problema crucial de las relaciones entre Estado e individuo, entre autoridad y libertad, y se obtiene gracias a la actuación constante del principio de la conservación del orden jurídico, incluso con el empleo de la coacción (de donde resulta la elemental distinción entre precepto jurídico y precepto o norma moral), y se apoya esencialmente sobre dos puntos: por una parte, sobre la certeza del derecho (objetivo); por otra, sobre la posibilidad de reintegrar el ordenamiento jurídico, violado en alguna de sus prescripciones, mediante la aplicación autoritaria de la sanción correspondiente al precepto desobedecido.
CARLO FURNO
Resoluciones judiciales. Estudio psicologico y forense
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Del ilustre autor de La crítica del testimonio y De la apreciación de las pruebas, publicamos ahora, en lengua castellana, su última producción: Las resoluciones judiciales, en la que el magistrado francés realiza un estudio, con la profundidad y el método que en él son habituales, acerca de la manera como se llega a la formación de las resoluciones judiciales.
Todos los factores que intervienen en esa formación, tanto subjetivos como objetivos, están analizados por el autor que contempla la complejidad de la obra judicial en toda su profundidad. Lo mismo que en su obra anterior, De la apreciación de las pruebas, el estudio se refiere de una manera especial a la justicia penal; pero, como las reglas de la técnica son comunes, esas apreciaciones resultan perfectamente aplicables al método de formación de las resoluciones judiciales en el campo civil.