El problema de los negocios llamados irregulares, entendiendo por tales no aquellos que no están conformes con las disposiciones legales, sino los que en alguna ocasión producen efectos disconformes con la naturaleza de los particulares tipos legales a que pertenecen fue planteado y estudiado por primera vez en la doctrina alemana y sólo más tarde por la doctrina italiana.
Ninguna de ambas doctrinas ha conseguido resultados aceptables en la definición del negocio irregular. La causa de este fracaso está en el hecho de que se estime posible que el concepto de la irregularidad negocial pueda determinarse de modo general, deduciéndolo de la única doctrina del depósito irregular, que, sin duda alguna, es la forma de negocio irregular más estudiada entre todas desde hace más de mil años.
MARIO DE SIMONE
Nueva ciencia del derecho
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La ciencia jurídica es la ciencia de algún derecho positivo o también de todos los derechos positivos y su evolución. Que tal ciencia existe, no es problema. Lo único que puede ser problemático es si esa ciencia jurídica es ciencia y en qué sentido lo sea. La ciencia del Derecho se halla en estrecha relación con la ciencia jurídica; mas no coincide con ella en ningún punto. Es problemático si existe o no esa tal ciencia del Derecho junto a la ciencia de los derechos positivos. Si existiera sería, sin duda, una ciencia. Si lográsemos señalar definitivamente una esfera para dicha ciencia del Derecho, ese terreno de investigación sería un país nuevo y la ciencia de ese terreno sería la nueva ciencia del Derecho.