Los actos de la Comunidad Europea (a partir del Tratado de Lisboa: Unión europea) impactan cada vez con mayor frecuencia en los ordenamientos jurídicos nacionales. Desde mediados de los años ochenta, se han ido promulgando una serie de directivas directamente relacionadas con el Derecho privado.
El Derecho de consumo ha sido y es todavía el núcleo del Derecho de Obligaciones y Contratos, motor del desarrollo de los ordenamientos jurídicos civiles en Europa. Lo que ocurre es que muchos de los conceptos acuñados y de las instituciones reguladas en el Derecho europeo de consumo no encuentran fácil acomodo en ellos.
Para un autor europeo (alemán, en este caso) es un honor poder contribuir con este libro a acercar un poco más al lector latinoamericano la discusión sobre el proceso de armonización del Derecho privado en Europa.
Doctrina general del contrato
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«Para aclarar por qué se enseña la disciplina general del contrato, serán útiles algunas consideraciones.
Existen principios comunes a todos y cada uno de los contratos, en cuanto cada figura de contrato en concreto, aun teniendo un contenido peculiar, participa de una común naturaleza y estructura, a las que corresponden siempre las mismas normas. Y éste es el aspecto por el cual todo contrato resulta de elementos formales constantes (paradigma abstracto y general), si bien puede ser distinta —en cada caso— la sustancia de cada una de las figuras singulares.