Versa el análisis que sigue sobre el momento presente o sobre el que, aunque no sea enteramente presente en el orden del tiempo lo es en el de las ideas, de la Filosofía del Derecho en Alemania. Su objeto es examinar los métodos, los criterios, los principios filosóficos fundamentales de las doctrinas o el espíritu general en que se informan y en que convergen todas ellas; si bien no se detiene a dar a conocer las particularidades de los sistemas (o quizás debiera más propiamente decir teorías) sino en cuanto se requiere para confirmar los juicios ya formulados o anticipados sobre su asunto metodológico.
Fundamentacion egológica de la teoría del derecho
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Si la teoría egológica ha sido, hasta ahora, la única con fundamento ontológico —puesto que el normativismo jamás dio pruebas de su afirmación de que el Derecho es norma ni se mostró tampoco capaz de poner en evidencia cuál era la naturaleza de la norma, confundiéndola con el imperativo— sus efectos se harán sentir en una rigurosa teoría general que, a cada paso, habrá de remitirse a esa ontología reveladora del Derecho como interferencia intersubjetiva de conductas.