El autor descubre un Borges inédito a través de una lectura criminológica de su obra. Analiza los poemas, ensayos y cuentos que retratan la violencia del hombre y del Estado, con la cárcel como arquetipo de laberinto. Desde el margen del Río de la Plata, Borges piensa criminológicamente, confronta con el positivismo de Sherlock Holmes, y se adelanta a cuestionamientos que luego serán formulados por corrientes criminológicas críticas de países centrales. La “cuestión criminal” en esta literatura es materia de indagaciones éticas, filosóficas, metafísicas, sociales y políticas. Estas indagaciones problematizan las categorías bien y mal, orden y desorden, con lo cual sorprenden al sentido común punitivo y a la opinión publicada. Esta relectura del notable escritor argentino conduce a Poquet a develar una ciencia jurídico penal y un saber criminológico basados históricamente en imágenes. Metáforas e imagen es encubiertas por una jactancia realista, funcional a políticas criminales dirigidas contra un enemigo por esencia diferente al ciudadano amigo.
Sistema juridico y dogmatica juridica
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En el momento actual tiene lugar un vivo debate acerca de la posibilidad de dar mayor consideración a la sociología en la jurisprudencia. Los frentes, las premisas de los argumentos y las bases para la evaluación de posibilidades son a menudo poco claros, a menos que se tome una definición política de la situación como una aclaración. Frente a tales debates es una máxima conocida y válida buscar el punto en que coincidan las partes enfrentadas, y luego afirmar lo contrario. Esto es lo que se hará aquí.
Sospecho que el punto de unión está en la concepción de que las decisiones jurídicas habrían de orientarse hacia sus efectos: algo obvio para los intérpretes, un punto de referencia para el enjuiciamiento de las construcciones jurídicas o de figuras dogmáticas, y para el derecho comparado, y una brecha abierta para las ciencias sociales. Si se acepta este punto de partida, la única cuestión pendiente es la de cómo es posible limitar el sector de las consecuencias relevantes. Como las consecuencias futuras de decisiones son interdependientes en alto grado, tanto más cuanto que las consecuencias hipotéticas de las alternativas se han de incluir en la decisión jurídica, la orientación a las consecuencias nos lleva forzosamente a desdibujar las diferenciaciones actuales, sea en el aspecto profesional, sea en el organizativo. Si se acepta sin más este principio nos será muy difícil trazar unas fronteras claras y con sentido. Lo único que se podrá hacer aún será argumentar desde puntos de vista, pero quedará abierta la cuestión de si, y en qué contexto, se ha elegido bien el punto de partida.