«Las leyes penales y las concepciones jurídicas no permanecen estáticas en el curso de los tiempos. «La valoración jurídica que acuña una conducta humana convirtiéndola en delito, depende de las convicciones morales, las costumbres tradicionales y las necesidades prácticas del pueblo. Esto se encuentra a su vez condicionado por el tiempo, el lugar y el carácter del pueblo». Por lo tanto, el contenido del concepto del delito cambia.
Por ello es necesario, en la descripción y explicación de los delitos, limitarse a los hechos que en el ámbito de nuestra civilización actual se consideran como tales.
Treinta estudios de derecho privado
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Cultura y derecho privado; derecho cierto, igualdad ante la ley y economía de mercado; ¿hay derecho, uno de normalidad y otro de emergencia? hacia el bioderecho; derecho privado publificado; futuro de codificación en Francia y América Latina: ¿por qué es necesario nuevo código? unificación de obligación civil y comercial; lingua franca internacional en derecho de contrato; pilar del contrato moderno; condición general de contratación y cláusula abusiva; tutela de parte débil del contrato en nuevo código civil brasileño; cláusula penal flexible; principio sobre los contrato de unidroit y solución del derecho común; teoría de imprevisión y cláusula de hardiship; consumidor vienen marchando; injusticia del daño; responsabilidad del organizador de espectáculo deportivo.