«Para aclarar por qué se enseña la disciplina general del contrato, serán útiles algunas consideraciones.
Existen principios comunes a todos y cada uno de los contratos, en cuanto cada figura de contrato en concreto, aun teniendo un contenido peculiar, participa de una común naturaleza y estructura, a las que corresponden siempre las mismas normas. Y éste es el aspecto por el cual todo contrato resulta de elementos formales constantes (paradigma abstracto y general), si bien puede ser distinta —en cada caso— la sustancia de cada una de las figuras singulares.
Derecho penal. Parte general
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Delito; delito doloso comisión; antijuricidad, causa justificada; culpabilidad; circunstancia delito; delito tentado; concurso persona; delito culposo comisión; delito omisivo; responsabilidad objetiva; concurso de normas; sanciones; presupuesto teórico, político criminal sistema sancionador vigente; determinación de pena; vicisitud punibilidad; medida seguridad; sanción civil; instrumento administrativo control social.
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