El título de este trabajo puede parecer pretencioso; sin embargo, mi intención ha sido muy modesta, puesto que he querido solamente resumir en capítulos sumarios un curso de lecciones dictadas este año en la Universidad de Pisa, a los estudiantes de la Facultad de Jurisprudencia. El curso estaba consagrado a las cuestiones fundamentales de la Filosofía del Derecho, es decir, a aquellas cuestiones que comúnmente pasan por alto los especialistas de esta disciplina, demasiado inclinados a enredarse en el empirismo de la Enciclopedia Jurídica, y por la cual, merced a ellos, no se advierte cómo aquella Filosofía puede ser considerada de otra manera.
La Filosofía del Derecho justificará su existencia mientras sea Filosofía, a la cual no se llega partiendo del Derecho, como tampoco se llega partiendo de ningún otro concepto empírico, puesto que todos los conceptos, cuando están rigurosamente determinados, son ya filosofía, y no pueden, por consiguiente, germinar en otro lugar que no sea su terreno.
Interpretar, argumentar y persuadir
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Interpretar; el problema del lenguaje; interpretar; niveles de interpretación; reglas para interpretar la ley – Hermenéutica jurídica, reglas para interpretar los contratos; hermenéutica pública o constitucional; argumentar; el poder de la lógica en la argumentación; herramientas para argumentar; argumentos engañosos.
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