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Catálogo

Parte general del derecho civil

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En dos sentidos se usa la palabra Derecho: Derecho en sentido objetivo es una regla o un conjunto de reglas que en el seno de una colectividad humana organizada se acatan como obligatorias para la conducta de los individuos; en cambio, el derecho en sentido subjetivo significa una facultad que al individuo se le ofrece como derivación de los preceptos del Derecho objetivo.
El Derecho objetivo se presenta en dos manifestaciones: como ley y como costumbre. Por ley se entiende, en un sentido amplio, todo precepto formulado, ordinariamente por escrito, por los representantes del Estado a quienes corresponde esa función; en un sentido estricto, la ley es, según el régimen de los Estados modernos, un precepto establecido con intervención de la representación popular, «por la vía legislativa»; a diferencia de los decretos, obra de los órganos del Estado competentes a estos fines, según lo dispuesto por la Constitución, sin intervención de la representación del pueblo. Derecho consuetudinario es el precepto respetado por la parte del pueblo a que afecta y acatado como pauta de conducta, a través de una práctica constante y con la conciencia de su obligatoriedad jurídica (opinione necessitatis).

Partes en el proceso penal

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El desarrollo de este tema es tanto como acometer la esencia del proceso penal, puesto que equivale a investigar el método mejor para llegar a la meta propuesta, que, como es sabido, es la verdad material y la individualización de la personalidad psicobiosocial del reo. La conciencia social no acepta favorablemente la sentencia del juez cuando no se funda en la adquisición real de los hechos, es decir, en la verdad entera, sin restricciones, deformaciones o manipulaciones y cuando la personalidad del imputado no se manifieste en su verdadero valor, lo que requiere, en orden a los delitos más graves, la comprobación de los detalles más sutiles de índole psicológica, fisiológica, sociológica, y, en ocasiones, hasta embriológica. Todas estas investigaciones han adquirido importancia particular desde que el magisterio punitivo ha ampliado sus fronteras, incluyendo en su territorio, al lado de los imputables, a los inimputables autores de delito.

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