A través de las decisiones de tribunales y de la literatura de la teoría del Derecho, Wesley Newcomb Hohfeld demostró que, en el lenguaje de la ley [del Derecho], el término “un derecho” se utiliza indistintamente para referirse a cuatro relaciones jurídicas muy diferentes: un privilegio (ahora llamado libertad), una [demanda, reclamación], un poder o una inmunidad. Sin embargo, insistió en que, en sentido estricto, sólo una demanda es realmente un derecho, porque sólo una demanda legal implica un deber legal correlativo.
Dr. Carl Wellman
Profesor de la Washington University en San Louis,
Estados Unidos de América
Doctrina general del contrato
$122,25Formato Electrónico
(Conoce AQUÍ como utilizar tus eBooks)
«Para aclarar por qué se enseña la disciplina general del contrato, serán útiles algunas consideraciones.
Existen principios comunes a todos y cada uno de los contratos, en cuanto cada figura de contrato en concreto, aun teniendo un contenido peculiar, participa de una común naturaleza y estructura, a las que corresponden siempre las mismas normas. Y éste es el aspecto por el cual todo contrato resulta de elementos formales constantes (paradigma abstracto y general), si bien puede ser distinta —en cada caso— la sustancia de cada una de las figuras singulares.