Exponemos en esta obra las más destacadas opiniones e interpretaciones del tema del estado de peligrosidad, recogiéndolas de la concepción jurídico-penal positivista, la cual aspira a una construcción científica. En seguida se da la fórmula del estado peligroso; se señalan brevemente las consecuencias que para el derecho penal traería su aplicación, para referirnos finalmente a su gradual generalización, una de cuyas fases consiste precisamente en su aplicación al campo de la prevención penal directa. Toda esta parte es meramente expositiva, haciéndose resaltar las consecuencias del principio, en forma dialéctica, quiéranlas o no reconocer sus propios autores; aunque siempre hemos cuidado de que las más arriesgadas opiniones encuentren aún el testimonio adhesivo de los entusiastas de la doctrina.
Nueva ciencia del derecho
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La ciencia jurídica es la ciencia de algún derecho positivo o también de todos los derechos positivos y su evolución. Que tal ciencia existe, no es problema. Lo único que puede ser problemático es si esa ciencia jurídica es ciencia y en qué sentido lo sea. La ciencia del Derecho se halla en estrecha relación con la ciencia jurídica; mas no coincide con ella en ningún punto. Es problemático si existe o no esa tal ciencia del Derecho junto a la ciencia de los derechos positivos. Si existiera sería, sin duda, una ciencia. Si lográsemos señalar definitivamente una esfera para dicha ciencia del Derecho, ese terreno de investigación sería un país nuevo y la ciencia de ese terreno sería la nueva ciencia del Derecho.