Exponemos en esta obra las más destacadas opiniones e interpretaciones del tema del estado de peligrosidad, recogiéndolas de la concepción jurídico-penal positivista, la cual aspira a una construcción científica. En seguida se da la fórmula del estado peligroso; se señalan brevemente las consecuencias que para el derecho penal traería su aplicación, para referirnos finalmente a su gradual generalización, una de cuyas fases consiste precisamente en su aplicación al campo de la prevención penal directa. Toda esta parte es meramente expositiva, haciéndose resaltar las consecuencias del principio, en forma dialéctica, quiéranlas o no reconocer sus propios autores; aunque siempre hemos cuidado de que las más arriesgadas opiniones encuentren aún el testimonio adhesivo de los entusiastas de la doctrina.
Nueve ensayos constitucionales y una lección jubilar
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El Derecho procesal constitucional es una concretización de la Ley Fundamental en dos sentidos: en que él mismo es un Derecho constitucional concretizado y en que le sirve al Tribunal Constitucional para concretizar la Ley Fundamental. La gran “capacidad de concretización” del Tribunal Constitucional, demanda ahora una fundamentación del Derecho procesal constitucional de carácter teórico-constitucional.
En la medida en que el Tribunal Constitucional continúa elaborando y ampliando su jurisprudencia con respecto al Derecho procesal constitucional, se llegará a una “interpretación de la Constitución conforme a la jurisprudencia”.