La finalidad fundamental de Kantorowicz fue la de poner en tela de juicio la mayoría de las ideas que se habían formulado acerca del Derecho durante el siglo XIX. En este sentido puede hablarse de un pensamiento auténticamente renovador que además de criticar con acierto algunos de los dogmas que había sustentado la concepción jurídica tradicional propone al mismo tiempo una nueva visión —radicalmente diferente— sobre la realidad jurídica.
Fundamentacion egológica de la teoría del derecho
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Si la teoría egológica ha sido, hasta ahora, la única con fundamento ontológico —puesto que el normativismo jamás dio pruebas de su afirmación de que el Derecho es norma ni se mostró tampoco capaz de poner en evidencia cuál era la naturaleza de la norma, confundiéndola con el imperativo— sus efectos se harán sentir en una rigurosa teoría general que, a cada paso, habrá de remitirse a esa ontología reveladora del Derecho como interferencia intersubjetiva de conductas.