La certeza y la seguridad aparecen como necesidades fundamentales en los ordenamientos jurídicos modernos, no solo en cuanto a la formulación de los preceptos generales y abstractos que constituyen el derecho en sentido objetivo, sino también en cuanto a las concretas relaciones y situaciones subjetivas, consideradas en su doble aspecto de hecho y de derecho. Para satisfacerlas se busca en el sistema de la legalidad un delicado y sabio equilibrio entre la actividad normativa y sancionadora del Estado en los ámbitos legislativo y jurisdiccional y la actividad de los sujetos de derecho. Este equilibrio garantiza la mejor (o la menos imperfecta) solución del problema crucial de las relaciones entre Estado e individuo, entre autoridad y libertad, y se obtiene gracias a la actuación constante del principio de la conservación del orden jurídico, incluso con el empleo de la coacción (de donde resulta la elemental distinción entre precepto jurídico y precepto o norma moral), y se apoya esencialmente sobre dos puntos: por una parte, sobre la certeza del derecho (objetivo); por otra, sobre la posibilidad de reintegrar el ordenamiento jurídico, violado en alguna de sus prescripciones, mediante la aplicación autoritaria de la sanción correspondiente al precepto desobedecido.
CARLO FURNO
Una teoría de los crímenes contra la humanidad
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Introducción: crimen contra cualidad de ser humano y crimen contra conjunto de humanidad; crimen contra humanidad, rasgo jurídico distintivo; crimen contra humanidad y animal político; crimen contra humanidad como política que devino cancerosa; crítica de demonización de Schmitt: respuesta; crimen contra humanidad y «locus» de jurisdicción.
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