A través de las decisiones de tribunales y de la literatura de la teoría del Derecho, Wesley Newcomb Hohfeld demostró que, en el lenguaje de la ley [del Derecho], el término “un derecho” se utiliza indistintamente para referirse a cuatro relaciones jurídicas muy diferentes: un privilegio (ahora llamado libertad), una [demanda, reclamación], un poder o una inmunidad. Sin embargo, insistió en que, en sentido estricto, sólo una demanda es realmente un derecho, porque sólo una demanda legal implica un deber legal correlativo.
Dr. Carl Wellman
Profesor de la Washington University en San Louis,
Estados Unidos de América
Fundamentacion egológica de la teoría del derecho
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Si la teoría egológica ha sido, hasta ahora, la única con fundamento ontológico —puesto que el normativismo jamás dio pruebas de su afirmación de que el Derecho es norma ni se mostró tampoco capaz de poner en evidencia cuál era la naturaleza de la norma, confundiéndola con el imperativo— sus efectos se harán sentir en una rigurosa teoría general que, a cada paso, habrá de remitirse a esa ontología reveladora del Derecho como interferencia intersubjetiva de conductas.